miércoles, 28 de septiembre de 2011



¿Qué son los primeros auxilios?


Los , son medidas terapéuticas urgentes que se aplican a las víctimas de accidentes o enfermedades repentinas hasta disponer de tratamiento especializado. El propósito de los primeros auxilios es aliviar el dolor y la ansiedad del herido o enfermo y evitar el agravamiento de su estado. En casos extremos son necesarios para evitar la muerte hasta que se consigue asistencia médica.
Los primeros auxilios varían según las necesidades de la víctima y según los conocimientos del socorrista. Saber lo que no se debe hacer es tan importante como saber qué hacer, porque una medida terapéutica mal aplicada puede producir complicaciones graves. Por ejemplo, en una apendicitis aguda un laxante suave puede poner en peligro la vida del paciente.


Cómo actuar


Cualesquiera que sean las lesiones, son aplicables una serie de normas generales. Siempre hay que evitar el pánico y la precipitación. A no ser que la colocación de la víctima lo exponga a lesiones adicionales, deben evitarse los cambios de posición hasta que se determine la naturaleza del proceso. Un socorrista entrenado ha de examinar al accidentado para valorar las heridas, quemaduras y fracturas. Se debe tranquilizar a la víctima explicándole que ya ha sido solicitada ayuda médica. La cabeza debe mantenerse al mismo nivel que el tronco excepto cuando exista dificultad respiratoria. En ausencia de lesiones craneales o cervicales se pueden elevar ligeramente los hombros y la cabeza para mayor comodidad. Si se producen náuseas o vómitos debe girarse la cabeza hacia un lado para evitar aspiraciones. Nunca se deben administrar alimentos o bebidas y mucho menos en el paciente inconsciente. La primera actuación, la más inmediata, debe ser procurar al paciente una respiración aceptable: conseguir la desobstrucción de las vías respiratorias para evitar la asfixia, extrayendo los cuerpos extraños —sólidos o líquidos— y retirando la lengua caída hacia atrás. Si el paciente no respira por sí sólo habrá que ventilarlo desde el exterior mediante respiración boca a boca hasta disponer de un dispositivo mecánico.
El segundo aspecto a corregir es el referente al sistema circulatorio, para evitar el shock. Se deben valorar la frecuencia cardiaca y la tensión arterial. Una valoración inicial se obtiene tomando el pulso: permite valorar la frecuencia y ritmo cardiaco, y su “fortaleza” nos indica una adecuada tensión arterial. El shock o choque es un trastorno hemodinámico agudo caracterizado por una perfusión inadecuada, general y duradera, de los tejidos que pone en peligro la vida. Los signos característicos son la piel fría y húmeda, los labios cianóticos (azulados), la taquicardia y la hipotensión arterial (pulso débil y rápido), la respiración superficial y las náuseas. Estos síntomas no son inmediatos; el shock puede desarrollarse varias horas después del accidente. Para evitarlo debe mantenerse abrigado al paciente e iniciar lo antes posible la perfusión de líquidos y electrolitos por vía intravenosa. Está prohibido administrar fármacos estimulantes y alcohol.
Las urgencias que requieren primeros auxilios con más frecuencia son los accidentes en los que se produce asfixia, parada e , sangrado grave, envenenamiento, quemaduras, golpe de calor e , desvanecimiento, coma, y mordeduras de animales.





martes, 27 de septiembre de 2011

Ergonomia:


ERGONOMÍA Y TRABAJO

La ergonomía es el proceso de adaptar el trabajo al trabajador. 
Se encarga de diseñar las máquinas, las herramientas y la  forma en que se 
desempeñan las labores, para mantener la presión del trabajo en el cuerpo a 
un nivel mínimo. 

La ergonomía  pone  énfasis  en cómo  se desarrolla  el trabajo, es decir qué 
movimientos corporales hacen los trabajadores y qué posturas mantienen al 
realizar sus labores, también se centra en las herramientas y el equipo que 
los trabajadores usan,  y en el efecto que éstos tienen en el bienestar  y la 
salud de los trabajadores. 


¿CÓMO SE PUEDEN IDENTIFICAR LOS PROBLEMAS
ERGONÓMICOS?


Hay seis características conocidas como factores de riesgo:


1. REPETICIÓN: Es cuando el trabajador está usando constantemente sólo 
un grupo de músculos y tiene que repetir la misma función todo el día.


2. FUERZA EXCESIVA: Es  cuando los trabajadores tienen que usar mucha 
fuerza continuamente, por ejemplo al levantar, empujar o jalar


3.  POSTURAS INCÓMODAS:  Es  cuando el  trabajo  obliga al  trabajador a 
mantener una parte del cuerpo en una posición incómoda

4.  TENSIÓN MECÁNICA: Es  cuando  el trabajador tiene  que golpear o 
empujar una  superficie  dura de la maquinaria o  herramienta 
constantemente.

5.  HERRAMIENTAS:  Es  cuando  el trabajador debe usar frecuentemente 
herramientas vibradoras.


6. TEMPERATURA: Cuando los trabajadores tienen que realizar sus labores
en lugares demasiado calientes o fríos.

CONTAMINANTES AMBIENTALES EN ARGONOMIA:

Temperatura. 

Confort térmico → Frío, calor, humedad. 

Iluminación. 

Pantallas de visualización de datos (PVD). 

Ruido. 

Vibraciones. 

Síndrome del edificio enfermo (SEE). 

CONDICIONES AMBIENTALES:

Luz. 

Ruido

Temperatura.

AMBIENTE TÉRMICO:

Cada  tipo de trabajo, en función de  la  actividad física  que  se realiza, 
requiere un ambiente térmico apropiado. Por ello, el ambiente térmico debe
someterse a evaluación y control.
Para evitar que  se  descompense la  temperatura interna,  el  hombre  utiliza 
mecanismos de  defensa  para  contrarrestar  cualquier situación térmica, 
mediante  termo-receptores que  se  encuentran en la piel,  detectando los 
cambios de  temperatura  e  informando  al  cerebro sobre éstos, ya que  el
hipotálamo actúa  como un termostato, regulando  y manteniendo la 
temperatura corporal. 



PARÁMETROS CLIMÁTICOS:

Es lo que  denominamos normalmente temperatura.  Se mide con un
termómetro  normal  pero en condiciones especiales  (tapado o  protegido  el 
bulbo del termómetro para que no influya la temperatura radiante o el aire).

La temperatura seca por debajo de 35º C nos refresca.

La temperatura seca por encima de 35º C nos calienta. 

Si  tenemos calor con 35º  C,  es porque influyen otros factores como 
humedad, temperatura radiante, etc. 




AMBIENTE ACÚSTICO:


El  ruido incide en la  ejecución del  trabajo con efectos  específicos e 
inespecíficos, es decir afectando a la función auditiva y a la mayoría de las 
funciones del organismo y la conducta. La principal medida de control es la 
actuación sobre las fuentes de ruido.
El  principal  riesgo de la exposición al ruido  es la  perdida irrecuperable  de 
audición.

Para disminuir el nivel de ruido, lo primero es localizar la fuente emisora y
aislarla. Si  no  es posible,  se intentará  impedir la transmisión mediante 
sistemas  adecuados.  Cuando  estos medios no  sean efectivos se  tomarán
medidas de protección personal, como la reducción del tiempo de exposición
o la utilización de equipos de protección individual.


LUZ:

Radiación electromagnética capaz de ser detectada por el ojo humano. 
Una  distribución inadecuada  de  la luz puede  conducir a  situaciones que 
provoquen dolores de cabeza,  incomodidad visual,  errores,  fatiga visual, 
confusiones, accidentes y sobre todo pérdida de visión. 
Los  lugares de  trabajo han de estar iluminados preferentemente  con luz 
natural,  y cuando deba ser complementada con luz artificial, esta será una 
iluminación general, complementada por luz localizada  cuando lo requiera la 
tarea. 

ERGONOMÍA EN LA OFICINA:

La adecuada  adaptación al  entorno por parte del  trabajador puede 
favorecer al desarrollo de su labor en unas condiciones favorables. Además, 
aporta también al organismo en el que labora mejoras en sus resultados. 

CONSEJOS ERGONÓMICOS:

Mobiliario.  El diseño del puesto de  trabajo  es también muy importante,  ya 
que  está  directamente relacionado  con los problemas  posturales. Así, el
mobiliario ha de adaptarse a la persona usuaria para  que su uso sea lo más 
cómodo  posible.  Además,  no  han de  tener esquinas y tienen que ser de 
colores mate para evitar reflejos. 



Silla. Tanto la altura del asiento como la inclinación del respaldo tienen que ser regulables para proporcionar soporte cómodo  a  la parte baja  de la  espalda. Es  mejor si  tiene cinco  ruedas 
antideslizantes,  para que  eviten movimientos involuntarios.  Los  apoya brazos son opcionales.  Si el usuario  está  por debajo de la altura media,  también
conviene el uso de un reposapiés. 


Mesa. Conviene  una  altura  de  entre 60 y 75 centímetros,  y un espacio suficiente para colocar la pantalla, el teclado, los documentos y el material accesorio.  Además, tiene que  estar  diseñada para que permita a  los  trabajadores realizar movimientos de 
trabajo y cambios de  postura.  En ella debe  haber un soporte para los documentos que  reduzca  al  mínimo los movimientos incómodos de la cabeza y los ojos.


Pantalla del Monitor de la PC. Su distancia a los ojos no debe ser menor a 40cm,  y no más lejos de  75.  El  brillo  y el  contraste  tienen que  ser regulables. 
La  postura. Cualquier postura  es válida  mientras  no suponga un sobre esfuerzo para el trabajador, a veces causado por pasar mucho tiempo en la misma posición.  En la  postura  que  se  debe  tomar de referencia, las  piernas forman un ángulo de 90º (muslos horizontales y piernas verticales). 
Los  codos deben formar igualmente  90º, quedando  los  hombros relajados.  También las  manos y muñecas han de estar  calmadas,  gracias a  veces  a soportes  como los reposa manos.  La  espalda  está  recta, apoyada en el respaldo de  la silla,  y el cuerpo  no queda
aprisionado entre la silla y la mesa. Las plantas de los pies tocan el suelo, y se puede estirar las piernas. La línea de visión está paralela a la superficie  de trabajo. 
Pese  a que aplicar estos  principios  ergonómicos al  puesto de  trabajo ahorraría problemas y dolores a los trabajadores,  algunos centros de trabajo todavía no están lo suficientemente concienciadas de sus ventajas, que repercutirían notablemente en un incremento de la productividad.










Agentes Fisicos

Ruido

El sonido se puede definir como cualquier variación de presión que el ser humano pueda percibir, cuantificable a través de la intensidad (dB) y la altura (frecuencia). Sin embargo, desde el punto de vista subjetivo, el sonido puede ser molesto e indeseable, originando lo que se conoce como ruido. Este agente físico (ruido) está presente en toda actividad o proceso productivo, ya sea comercial o recreacional, es por esto que cualquier trabajador expuesto a altos niveles de ruido puede sufrir algún tipo de pérdidas auditiva, independientemente de cuál sea el campo o el área donde se desempeñe.
La exposición prolongada a ruido puede producir pérdidas auditivas temporales y permanentes, en cualquiera de sus grados (es importante mencionar que la pérdida de la audición por ruido es completamente evitable, sin embargo, una vez que ésta se produce, es permanente e irreversible). En forma adicional, esta exposición puede acarrear otras consecuencias para la salud, como por ejemplo, efectos sobre otros sistemas como el nervioso central, equilibrio, etc., además de efectos no auditivos, tales como dificultad en la comunicación, alteraciones del sueño, disminución de la capacidad de concentración, entre otros.
El ámbito de competencia de la sección para la evaluación ambiental está dado desde el artículo 70 al 82 del Decreto Supremo Nº594/99 del MINSAL, donde se establecen los Límites máximos permisibles y criterios de dosis permitidos según jornada de trabajo, y la aplicación del Instructivo para la Aplicación del Decreto Supremo Nº594/99 y la Guía para la Mantención y Calibración de equipos asociada a éste, mientras que los delineamientos generales respecto a planes de conservación auditiva, están dados por la Guía Técnica para la Evaluación de los trabajadores expuestos a ruido y/o con sordera profesional.
El ámbito de competencia de la sección para la evaluación ambiental está dado desde el artículo 70 al 82 del Decreto Supremo Nº594/99 del MINSAL, donde se establecen los Límites máximos permisibles y criterios de dosis permitidos según jornada de trabajo, y la aplicación del Instructivo para la Aplicación del Decreto Supremo Nº594/99 y la Guía para la Mantención y Calibración de equipos asociada a éste, mientras que los delineamientos generales respecto a planes de conservación auditiva, están dados por la Guía Técnica para la Evaluación de los trabajadores expuestos a ruido y/o con sordera profesional.

Vibraciones

Las vibraciones son las transmisiones, a todo el cuerpo o a alguna parte de éste, del movimiento oscilante de alguna estructura, herramienta o maquinaria, cuantificable a través del desplazamiento, velocidad o aceleración de éstas. Al igual que el ruido, la exposición a altos niveles a este agente físico, genera riesgos para la salud de los trabajadores.
A medida que nuestro país se desarrolla, no es raro constatar el incremento de agentes contaminantes en los ambientes laborales. Uno de estos agentes es la vibración, ya sea del tipo exposición a cuerpo entero como también del tipo mano-brazo. La exposición prolongada a estas vibraciones representa un elevado riesgo de daño para la salud del tipo vascular, osteomuscular y neurológico, provocando enfermedades como por ejemplo el fenómeno de Raynaud o de dedos blancos (ver figura). En forma adicional a lo anterior, la exposición a vibraciones acarrea otros problemas para el trabajador, como por ejemplo disconfort, pérdida de precisión al ejecutar movimientos, pérdida de rendimiento debido a la fatiga, etc.
El ámbito de competencia de la sección para la evaluación ambiental, tanto del tipo cuerpo entero como también del tipo mano-brazo, está dado desde el artículo 83 al 94 del Decreto Supremo Nº594/99 del MINSAL , donde se establecen los Límites máximos permisibles según tiempo de exposición y eje de medición, y la aplicación del Instructivo para la Aplicación del Decreto Supremo Nº594/99 y la Guía para la Mantención y Calibración de equipos asociada a éste.

Radiaciones

Objetivos
  • Desarrollar acciones conducentes a detectar y evaluar los riesgos relacionados con la aplicación y utilización de las radiaciones.
  • Mantener un programa de vigilancia y control de las exposiciones a radiaciones ionizantes de todo el país.
Las fuentes de radiación pueden plantear un peligro considerable para la salud de los trabajadores afectados, por lo que se debe controlar adecuadamente cada exposición.
Las radiaciones se pueden clasificar como ionizantes y no ionizantes , existen dos tipos de radiación ionizante, una de naturaleza electromagnética (rayos X, rayos gamma) y otra, constituida por partículas (alfa, beta, neutrones, etc). Las radiaciones electromagnéticas de menor frecuencia que la necesaria para producir ionización, como lo son, la radiación ultravioleta (UV), visible, infrarroja (IR), microondas y radiofrecuencias, hasta los campos de frecuencia extremadamente baja (ELF), comprenden la región del espectro conocida como radiación no ionizante.

Radiaciones Ionizantes
La radiación ionizante puede transferir su energía a las moléculas que constituyen el cuerpo humano, esto puede traducirse en un daño significativo si la interacción es con las moléculas de ADN. Los daños pueden ser agudos e inmediatos como quemaduras, hemorragias, diarreas, infecciones o hasta la muerte; también existen efectos tardíos como el cáncer o efectos hereditarios.
El ámbito de competencia de la sección es dado por el Decreto Supremo Nº594/99, que en su Artículo 110º indica que los límites de dosis permitidos para el personal ocupacionalmente expuesto serán los contenidos en el Decreto Supremo Nº3/85 , donde además se indica que todo trabajador expuesto debe contar con un dosímetro personal proporcionado por el empleador con el fin de registrar, controlar y vigilar toda exposición.
Otro reglamento relevante es el Decreto Supremo Nº133/84, que entre otras cosas, especifica que toda persona que se desempeñe en instalaciones radiactivas u opere equipos generadores de radiaciones ionizantes, deberá contar con una autorización , que para instalaciones de segunda y tercera categoría es entregada por el Servicio de Salud respectivo, para conseguir dicha autorización la persona debe acreditar lo siguiente:
  • Licencia secundaria o equivalente.
  • Curso de Protección Radiológica, dictado por ISP, CCHEN u otros organismos autorizados por MINSAL.
  • Historial Dosimétrico.

Servicios

  • Control Dosimétrico Externo trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes.
  • Elaboración y emisión de Certificado de Historial Dosimétrico.
  • Capacitación en Protección Radiológica para el sector público y privado.
  • Evaluación de seguridad de equipos e instalaciones de radiodiagnóstico.
Radiaciones No Ionizantes
La existencia de posibles efectos crónicos de las radiaciones no ionizantes es aún objeto de fuertes debates y de una amplia investigación científica, dicha incertidumbre genera bastante inquietud frente a las exposiciones tanto de tipo laboral como ambiental. Ya son bastante conocidos los efectos agudos de estas radiaciones, los que pueden ir desde pequeñas descargas eléctricas hasta quemaduras, también pueden producirse calentamiento de los tejidos tanto superficiales como profundos, lo que dependiendo del tejido del cual se trate puede traducirse en un serio daño.
En el Decreto Supremo Nº594/99 , en sus Artículos 107º al 109º, fija los niveles máximos de exposición laboral para algunos tipos de radiaciones no ionizantes, aparecen niveles para radiación láser (UV, visible e IR), microondas y radiación ultravioleta (UV). Se cuenta con equipamiento para la medición de estas y otras regiones del espectro con aplicaciones siempre en ámbito ocupacional.

Temperatura:

La temperatura interna de cuerpo humano es de aproximadamente 37°C. Una temperatura extremadamente fría o caliente no es favorable para la salud y mucho menos para trabajar. La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27° C. La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará entre los 14 y 25° C. La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el 70%, excepto en locales donde exista riesgo de acumulación de electricidad estática, en los que el límite inferior será el 50%.


El calor:
 
Uno de los efectos más frecuentes del calor es el estrés térmico, que es un estado de malestar físico producido por una acumulación excesiva de calor en el cuerpo humano. Cuanto más alta es la temperatura ambiente, más rápido trabaja el corazón, se produce una aceleración del pulso, calambres, fatiga y agotamiento.


 
     El Frio:
             
                
Entre los efectos de la exposición a ambientes muy fríos destacan como más importantes la hipotermia, o bajada excesiva de la temperatura corporal y la congelación. Para proteger a los trabajadores contra los efectos del frío se deben calefactar los locales debidamente para conseguir una temperatura correcta.
Cuando sea preciso trabajar en lugares o locales donde no se puede evitar la presencia de bajas temperaturas (cámaras frigoríficas, o exteriores, por ejemplo), los trabajadores deben llevar ropa, guantes, calzado y gorro de abrigo.

  





 

jueves, 22 de septiembre de 2011

Origen de la prevencion de Riesgo Laboral

No es hasta la Revolución Industrial, periodo en el que las grandes masas experimentan un recrudecimiento de las condiciones laborales, cuando surgen las necesidades de proteger a los trabajadores. No obstante, los logros de los movimientos sindicales fueron tan básicos como regular el trabajo de los niños en las industrias manufactureras o en la minería.
Es a partir de los años 90, prácticamente ayer, cuando comienza a desarrollarse en los países del primer mundo todo un marco normativo con carácter preventivo. La Organización Internacional del Trabajo (OIT), un organismo de la ONU creado en 1919 e integrado actualmente por 180 países, constituye el foro en el que están representados los gobiernos, los empresarios y los sindicatos, y en cuyo seno se discuten y elaboran los documentos relacionados con el trabajo. En 1981 se publicó el Convenio 155 sobre la seguridad y salud de los trabajadores, que España ratificó en 1985.
Pero la UE, ante la desigual aplicación de este convenio en los diferentes países, que desencadenaba fundamentalmente una competencia desleal, que aquellos que aplicaban la normativa contenida en el convenio tenían un coste añadido en sus productos y servicios, decide editar una Directiva en 1989 (89/391/CEE), con la finalidad de armonizar el desarrollo normativo referido a la seguridad y salud de los trabajadores.
Esta directiva, de obligada trasposición a los países miembros, da lugar en nuestro país a la publicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995. La tardanza en la trasposición (seis años) le costó a España varias sanciones económicas. Esta Ley es una copia pormenorizada de la propia Directiva 89/391/CEE. Algunas de las directrices fundamentales de la Ley son las siguientes:
• Establecer una política nacional coherente en materia de seguridad y salud en el trabajo y medioambiente laboral.
• La política tiene como objeto prevenir los accidentes y daños para la salud que sean consecuencia del trabajo.
• Esta política preventiva ha de tener en cuenta distintas esferas de acción como son los lugares de trabajo, herramientas, maquinaria y equipo; sustancias y agentes químicos, biológicos y físicos; y operaciones y procesos.
• El control sobre la aplicación de la normativa legal ha de estar asegurado por un correcto sistema de inspección apropiado y suficiente.
• Deberá exigirse a los empleadores que, en la medida que sea razonable y factible, garanticen que los lugares de trabajo, maquinaria y equipo y las operaciones y procesos bajo su control son seguros y no entrañan riesgo alguno para la seguridad de los empleados.